Pensión de alimentos y compensatoria

Pensión de alimentos y compensatoriaUno de los puntos a tratar en un proceso de divorcio si se tienen hijos es la pensión de alimentos que es una obligación por parte del padre o de la madre que no conviva con el hijo, es decir, que no tenga la guardia y custodia.

Se trata de una cantidad que se establecerá para hacer frente a la alimentación y a otros gastos corrientes de los hijos, y que quedará reflejada en el convenio regulador. A la hora de establecer esta pensión se tendrán en cuenta aspectos como si son hijos menores o mayores de edad y la situación económica de los padres.

En cuanto a la pensión compensatoria es aquella dirigida a equilibrar la economía de los excónyuges, es decir, como consecuencia del empeoramiento del nivel económico de uno de los cónyuges, el otro le dará una pensión para compensarlo.

Esta pensión quedará determinada en el convenio regulador, si se trata de un divorcio de mutuo acuerdo; y en la sentencia judicial si se trata de un proceso contencioso.

Si tiene dudas sobre estas cuestiones o sobre cualquier otra que va ligada a un proceso de divorcio en Abogados nos pondremos a tu disposición para ayudarle en todo. Llámenos, le esperamos en Valencia.

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