¿Cómo casa la mascota en el divorcio?

No siempre es fácil tomar la decisión de divorciarse de la persona con la que más tiempo hemos compartido. Pero aún con todo, la situación se puede agravar todavía más si tenemos una mascota a la que queremos como parte de nuestra familia y nos tenemos que separar de ella.

En primer lugar, hay que dejar claro que los animales de compañía, según el artículo 33 de nuestro Código Civil, son considerados bienes muebles que pueden ser reclamados en propiedad o ser compartidos. El problema es que nuestros animales de compañía, evidentemente, no se pueden dividir en dos y es aquí donde empiezan a surgir los problemas.

A la hora de divorciarse hay varias opciones que se pueden tomar respecto a la mascota: llegar a un acuerdo y decidir con quién de los dos se queda la mascota, pedir la custodia compartida, como pasa con los hijos, o establecer la custodia única. En estos casos, habrá que tener en cuenta también la relación entre mascota e hijos si los hay, o si uno de los cónyuges sólo quiere la mascota para maltratarla como venganza frente al otro.

Por tanto, debe quedar claro que las mascotas son parte de la familia y por ello se les tiene en cuenta en procedimientos judiciales que antes eran impensables. Aunque sean considerados como bienes muebles, tal y como establece el Código Civil, estos animales son para muchas personas la única familia que tienen o el apoyo indispensable para poder seguir día a día, por lo que preocuparse por ellas no es algo descabellado.

Desde nuestro despacho de abogados de Valencia, nos concierne enormemente el bienestar, no solo de los cónyuges tras el divorcio, sino también sus hijos, y por supuesto, sus mascotas. Por ello, hemos buscado y le ofrecemos ahora las mejores soluciones para poder ofrecer a estos animales la protección que se merecen y no queden desamparados tras su divorcio.

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