PENSIÓN COMPENSATORIA: ¿SE PUEDE MODIFICAR?

Cuando dos personas se divorcian se pueden establecer, si así lo determina el Juez, una pensión compensatoria. Su función es equilibrar la situación de ambos cónyuges después del matrimonio. Esto puede pasar, por ejemplo, cuando uno de los miembros se ha dedicado en exclusiva a atender las necesidades familiares y no ha realizado un trabajo remunerado durante el matrimonio.

Todo lo relativo a la pensión viene recogido en un documento llamado Convenio Regulador. Ahí debe indicarse la cantidad que debe abonar el cónyuge, así como las bases de su actualización (recordemos que los precios cambian cada año; de ahí la necesidad de estas actualizaciones).
Ahora bien, es cierto que lo establecido en el Convenio no es permanente: si es necesario, se puede pedir los cambios que fueran oportunos. Esto puede ocurrir cuando una persona ya no tiene suficientes recursos para seguir pagando la pensión a su excónyuge, por diversos motivos: ha perdido su empleo, le han reducido el sueldo, ha tenido más hijos, etc. En estos casos las circunstancias del obligado a pagar han cambiado, por lo que se debe tener en cuenta que esto afectará a su capacidad económica.

¿Cómo se resuelve esta situación?
Lo que se puede hacer desde el punto de vista legal es poner una demanda pidiendo una modificación de medidas. Para ello habrá que demostrar las causas por las que lo estamos pidiendo, así que es importante aportar todos los documentos que podamos. Hoy en día los Tribunales civiles están siendo comprensivos con la situación actual, y por eso se están aceptando muchas demandas de modificación de medidas.

En cualquier caso es muy importante contar con un abogado especializado en el tema para que nos oriente. Por eso le invitamos a ponerse en contacto con nosotros. Nuestro Despacho en Valencia, especializado en Derecho de familia, atenderá todas sus dudas y concertaremos una cita con usted lo antes posible.

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