DISPOSICIONES EN FAVOR DEL ALMA

¿Es el alma como tal heredera o legataria? No. ¿Qué ordena pues la disposición testamentaria? Una liquidación de la herencia o parte de ella a fin de cumplir la voluntad del testador.

¿Sobre que supuesto se arranca en nuestro Código Civil? Sobre el supuesto de una disposición del todo o parte de los bienes del testador para sufragios y obras piadosas en beneficio de su alma, indiscriminadamente y sin especificar su aplicación.

¿Qué función llevarán a cabo los albaceas? Venderán los bienes y distribuirán su importe, dando la mitad al Diocesano para que lo destine a los indicados sufragios y a las atenciones y necesidades de la Iglesia, y la otra mitad al Gobernador civil correspondiente para los establecimientos benéficos del domicilio del difunto, y en su defecto para los de la provincia.

Y por último, ¿qué tendrán que hacer antes de cumplir en beneficio del alma del testador? proceder a la liquidación de los bienes en beneficio también de los acreedores hereditarios.

INFORMACIÓN Y PRESUPUESTO ON-LINE